AFIP crea un régimen especial para controlar triangulaciones en la exportación de hidrocarburos y metales

El gobierno busca que las empresas residentes en el país que realicen ventas al exterior de bienes con cotización no agrícolas registren cada contrato de exportación.

Noticias Por: Redacción PC 22 de octubre de 2020
Afip

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) empleará a partir de este miércoles 21 de octubre un nuevo régimen para las exportaciones de hidrocarburos y metales. Busca evitar que se realicen triangulaciones de traders (intermediarios) en las ventas al exterior. La resolución general 4837 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial con la firma de su titular Mercedes Marco del Pont, busca que las empresas residentes en el país que realicen ventas al exterior de bienes con cotización no agrícolas registren cada contrato de exportación.

Esta medida estaba prevista en la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se había reglamentado para los contratos del sector agrícola, pero faltaba implementarlo para las exportaciones de hidrocarburos y metales.

Con “el registro de los contratos de commodities no agrícolas” el gobierno busca evitar las exportaciones mediante intermediarios con base en otros países, que lo que hacen es adquirir los hidrocarburos y metales a empresas en la Argentina y luego lo revenden a otros mercados extranjeros. Mediante este proceso el fisco pierde recaudación impositiva. El nuevo régimen de la AFIP apunta a impedir esta triangulación comercial y busca, mediante el registro de cada contrato, el cumplimiento impositivo en las exportaciones.

La resolución 4837 de la AFIP señala que “los sujetos residentes en el país que realicen destinaciones definitivas de exportación para consumo de bienes con cotización deberán observar las formas, los plazos y las condiciones que se establecen en esta resolución general”.

Los bienes con cotización que hace referencia la resolución están definidos en el decreto 862 de 2019 y son “aquellos productos físicos que poseen o adoptan precios de público y notorio conocimiento negociados en mercados transparentes, bolsas de comercio o similares, nacionales o internacionales, cuando estos precios o índices sean habitualmente utilizados como referencia de mercado por partes independientes para la fijación de precios de comercio internacional de bienes transados en el mercado argentino”.

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