CALF presentó un Reclamo Administrativo ante la Secretaría de Energía de la Nación

CALF presentó este lunes un reclamo administrativo ante la Secretaría de Energía de la Nación para que se reduzca la tasa de interés que se aplica en la refinanciación de la deuda que mantiene la Cooperativa con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA ).

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El propósito del reclamo administrativo, previo a una demanda judicial, es que se reconozca el acuerdo original que se suscribió en el 2021 con la Secretaría de Energía de la Nación.

Contemplaba una tasa de interés de financiamiento del 58 % anual (reducida al 25 %) que se elevó, en el convenio que se vio forzada a firmar en el 2022, al 120 % anual (reducida al 60 %).

El pedido se sustenta en que el convenio firmado en el 2022 obedeció a un abuso de posición dominante y produjo un perjuicio en la economía de los asociados a CALF.

En los considerandos del reclamo se recordó que Nación estableció un régimen de regularización de deudas para que las distribuidoras eléctricas regularicen su situación financiera con CAMMESA.

A través de la resolución 371/2021, se brindó una opción para que cada distribuidora fuera beneficiaria de un descuento de hasta un 40% de su deuda.

En virtud de esa situación, a CALF le fue reconocida una deuda específica que podía pagar en un plazo determinado y con la tasa vigente en abril del 2021 en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

En agosto de ese año, se firmó el convenio entre CALF y la Secretaría de Energía de la Nación, con la firma del intendente de la ciudad de Neuquén, Mariano Gaido y del entonces Secretario de Energía, Darío Martínez.

Posteriormente, la Secretaría de Energía, con su nueva titular Flavia Royon, le exigió a CALF que celebrara un nuevo acuerdo con el argumento de que el anterior no había sido registrado en la cartera a su mando, a pesar de encontrarse debidamente celebrado.

Por esa exigencia a la que CALF se vio obligada, se celebró un nuevo acuerdo en el 2022 donde se establecieron nuevas y distintas condiciones a las que ya estaban pautadas, con una tasa de interés más elevada.

Si no se celebraba este segundo acuerdo y teniendo en cuenta que existía sentencia firme a favor de CAMMESA, CALF era susceptible del embargo de sus bienes y cuentas bancarias, colocándola en cesación de pago de manera inmediata.

Con este reclamo CALF no busca eludir la aplicación de intereses, sino requerir que se mantengan las condiciones que acordó en el año 2021.

Cabe mencionar que todo esto fue en el marco del compromiso que tomó la Nación con el Fondo Monetario Internacional, respecto de los pagos y los ajustes a los que se había comprometido en materia energética, surgiendo así la urgencia y obligatoriedad de que las distribuidoras de todo el país firmen.

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