Autorizan a la primera empresa minera a liquidar divisas bajo el régimen especial que creó el gobierno

Se trata de un megaproyecto de litio ubicado en Catamarca que invertirá US$ 380 millones y tendrá mayor acceso al Mercado Único Libre de Cambios (MULC).

NoticiasRedacción PCRedacción PC

litio Fiambala

El gobierno autorizó el ingreso de la primera minera al Régimen de Fomento de Inversión para las Exportaciones, una medida que flexibiliza las restricciones cambiarias y permite un mayor acceso al Mercado Único Libre de Cambios (MULC) por parte de las compañías que exportan para que puedan repagar sus inversiones en el exterior.  La primera beneficiaria del Decreto 234, de abril del año pasado, es Zijin Mining, un gigante del sector minero de China. Directivos de este grupo asiático se reunieron en febrero pasado con el ahora ex ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y le confirmaron la inversión de US$ 380 millones para la construcción de una planta de carbonato de litio en Catamarca con el objetivo de exportar su producción.


Salió publicada en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta N° 4 de los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo donde se aprueba el proyecto de inversión para la exportación de litio de la empresa Liex. Se trata del megaproyecto de litio Tres Quebradas (3Q), un desarrollo de 35.000 hectáreas ubicado en un gigantesco yacimiento de este mineral en la localidad catamarqueña de Fiambalá, que tiene un potencial para producir más de 20.000 toneladas anuales de litio equivalente (LCE) para baterías. El proyecto podría entrar en producción a fines de 2023 o en 2024. La firma Liex es la subsidiaria de la compañía Neo Lithium, que estaba en manos de una empresa canadiense pero que -a su vez- fue adquirida en octubre de 2020 por el gigante chino Zijin Mining.


Los beneficiarios del decreto 234, que se complementa con las comunicaciones del Banco Central (BCRA) “A” 7123 y 7168, acceden libremente en hasta el 20% de los dólares obtenidos en las ventas al extranjero del proyecto con alícuota cero en los derechos de exportación para que puedan destinar esas divisas al pago de capital y financiamiento en el exterior.

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